En primer lugar, hay que saber que los impuestos que hay que
pagar como franquicia pueden variar según la forma societaria en la que la
franquicia esté constituida, de esta elección se encargará el franquiciado, que
puede tributar sus impuestos en dos modalidades diferentes: como persona
jurídica o como persona física.
En caso de que la franquicia tribute como persona física, el
impuesto que debe de pagar es el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, o
más conocido como IRPF. Se trata de un impuesto directo que grava sobre la
renta que ha obtenido la franquicia durante un año natural. En caso de que la
franquicia tribute como persona jurídica, es decir, por las ganancias que ha
generado como franquicia, tributará por el Impuesto sobre Sociedades. Este es
un impuesto directo que repercute sobre las ganancias que ha obtenido una
sociedad, en este caso una franquicia.
Otro de los impuestos a pagar como franquicia es el IVA de
franquicias, en este caso este impuesto afecta al propio franquiciado, ya que
es la persona que tiene que hacer frente a estos gastos. En este caso, estas
cuotas de IVA repercuten sobre lo que el franquiciado ha vendido en su
franquicia y los servicios que este garantiza en ella. Es importante aclarar
que el franquiciado puede restarse este IVA, siempre que la normativa
tributaria le permita poder realizar esta acción, todo depende del cumplimiento
que el franquiciado haga sobre los parámetros de las condiciones legales que
estén vigentes en esos momentos.
El porcentaje del IVA de franquicias puede variar, aunque,
por carácter general, está establecido en el 21%, pero dependiendo del tipo el
IVA puede ser reducido o superreducido. En caso de ser un tipo de IVA reducido
este será del 10%, y en caso de ser un tipo superreducido será del 4%.
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